Facturación electrónica para profesionales de la salud (2026)
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Si prestas servicios de salud y cobras por ellos, la facturación electrónica ya no es opcional. Aquí te explicamos qué necesitas, cómo se conecta con los RIPS y qué cambió para 2026.
La facturación electrónica ya es obligatoria en salud
En 2026 no hay grupos ni transiciones: la factura electrónica de venta (FEV) es obligatoria para los prestadores de servicios de salud, incluidos los profesionales independientes (personas naturales). Si eres médico, psicólogo, fisioterapeuta, odontólogo o nutricionista con habilitación propia y facturas, te aplica.
Qué necesitas para facturar electrónicamente
- Estar inscrito en el REPS. → Ver cómo inscribirse en el REPS.
- Activar ante la DIAN tu responsabilidad de facturador electrónico.
- Un certificado de firma digital válido, emitido por una entidad de certificación autorizada. → Ver firma electrónica en la historia clínica.
- Un sistema de facturación (propio o de un proveedor tecnológico) que emita la FEV con validación previa de la DIAN.
El modelo FEV-RIPS: factura y RIPS van juntos
Aquí está la particularidad del sector salud: la factura no viaja sola. La FEV y los RIPS forman el modelo FEV-RIPS: se generan, se validan y quedan registrados juntos. Los RIPS son el soporte obligatorio de tu factura de venta en salud.
En la práctica:
- Documentas la atención.
- Se genera la FEV (validación DIAN) y los RIPS en JSON.
- Los RIPS se validan en el MUV y obtienes el CUV.
- Con el CUV, tu factura tiene soporte válido.
→ Ver el detalle en cómo generar los RIPS paso a paso.
Lo que cambió para 2026
La Resolución 948 de 2026 reescribió el marco del RIPS como soporte de la FEV. Su cambio de mayor impacto: desde el 1 de junio de 2026, muchas reglas de validación pasaron a modo rechazo. Si los RIPS fallan, no hay CUV, y sin CUV la factura queda bloqueada. Facturar bien en salud hoy depende de que los RIPS pasen limpios.
Cómo simplificarlo
Manejar por separado facturación, RIPS y validación es fuente de errores — y desde 2026 un error frena tu cobro. Lo eficiente es que tu historia clínica electrónica conecte la documentación de la consulta con la generación de RIPS y su validación. Alira genera tus RIPS y los deja listos como soporte de tu factura, y además envía tu RDA al IHCE al firmar cada atención.
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Aviso
Esta guía es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta las reglas de la DIAN sobre facturación electrónica y la Resolución 948 de 2026 del Ministerio de Salud.
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Hacer el diagnósticoPreguntas frecuentes
- ¿La facturación electrónica es obligatoria para profesionales de salud independientes?
- Sí. En 2026 la factura electrónica de venta es obligatoria para los prestadores de servicios de salud, incluidos los profesionales independientes (personas naturales) con habilitación propia que facturan. No hay grupos ni transiciones.
- ¿Qué necesito para facturar electrónicamente en salud?
- Estar inscrito en el REPS, activar ante la DIAN tu responsabilidad de facturador electrónico, tener un certificado de firma digital de una entidad certificadora autorizada y un sistema que emita la FEV con validación previa de la DIAN.
- ¿Qué es el modelo FEV-RIPS?
- Es el modelo del sector salud donde la factura electrónica de venta (FEV) y los RIPS se generan, validan y registran juntos. Los RIPS son el soporte obligatorio de la factura: se validan en el MUV y obtienes el CUV. Sin CUV, desde el 1 de junio de 2026, la factura puede quedar bloqueada.
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